La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia confirmó la expulsión del país de la ciudadana china Lin Noubing, propietaria de un supermercado en la ciudad de San Martín, y ratificó además la prohibición de reingreso al territorio argentino por el plazo de cinco años.

La medida fue dispuesta tras rechazar la apelación presentada por la mujer contra una resolución de la Dirección Nacional de Migraciones, que la había declarado en situación de permanencia irregular luego de constatar que ingresó al país sin pasar por los controles migratorios obligatorios.
El caso se inició el 23 de octubre de 2025, cuando personal de Migraciones realizó una inspección en el comercio denominado “Supermercado Lin”. Durante el procedimiento, los agentes contaron con un intérprete de idioma chino mandarín para entrevistar a la propietaria, quien manifestó haber ingresado a la Argentina el 12 de octubre de ese año, aunque no pudo acreditar su paso por un puesto fronterizo habilitado.
A partir de la verificación de los registros oficiales de ingresos y egresos, las autoridades determinaron que no existía constancia de un ingreso legal al país, por lo que se la encuadró en situación de permanencia irregular conforme a la Ley Nacional de Migraciones N° 25.871.
La defensa de Lin Noubing sostuvo que su situación era “irregular pero no ilegal”, y argumentó que la expulsión afectaba derechos vinculados a la reunificación familiar y a su actividad comercial en Argentina. También indicó que la mujer estaba abonando una multa impuesta por Migraciones con el objetivo de regularizar su situación.
Sin embargo, la Cámara Federal rechazó esos planteos. La jueza Rocío Alcalá sostuvo en su voto que la recurrente no aportó documentación que acreditara circunstancias humanitarias o familiares que justificaran una excepción a la normativa vigente.
El tribunal recordó además que las dispensas por razones de arraigo o reunificación familiar son facultades excepcionales de la Dirección Nacional de Migraciones, y que solo pueden aplicarse cuando se cumplen previamente los requisitos legales de ingreso al país.
También se citó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que establece que los mecanismos de regularización migratoria no alcanzan a quienes ingresaron de manera clandestina al territorio argentino.
Con este fallo, la Justicia Federal de Resistencia dejó firme la expulsión de la comerciante y validó la actuación de Migraciones en el control de fronteras y permanencia de ciudadanos extranjeros en el país.