11 de septiembre de 2026

MURIÓ TRAS CHOCAR CONTRA UN POSTE EN LA CALLE: LA JUSTICIA RESPONSABILIZÓ A SECHEEP Y AL MUNICIPIO

El motociclista tenía 24 años y murió en 2022 tras impactar contra un poste de hormigón ubicado en medio de la avenida Urquiza, sin señalización. La Justicia confirmó que SECHEEP y la Municipalidad de Resistencia deberán indemnizar a su pareja y a su hija con más de $76 millones, más intereses.

La Justicia confirmó la condena contra SECHEEP y la Municipalidad de Resistencia por la muerte de un motociclista de 24 años que en octubre de 2022 chocó contra un poste de hormigón ubicado en el carril central de la avenida Urquiza, a la altura del 2800.

La decisión fue adoptada por la Sala Cuarta de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Resistencia, que rechazó los planteos de ambas demandadas y ratificó la responsabilidad compartida por el accidente.

El fallo mantiene una indemnización de $76.038.463 más intereses para la pareja de la víctima y la hija menor de ambos. La responsabilidad fue distribuida en un 70% para SECHEEP y el Municipio y un 30% para la víctima.

La sentencia fue dictada este miércoles 26 de agosto y lleva las firmas de los jueces Diego Derewicki y Fernando Heñin.

Un poste en medio de la avenida y sin señalización

El accidente ocurrió cuando la motocicleta que conducía el joven impactó contra un poste de hormigón que se encontraba emplazado en una zona de circulación vehicular.

El reclamo judicial fue iniciado por la pareja de la víctima, tanto en representación propia como de la hija menor que ambos tenían, para obtener una reparación por los daños derivados de la muerte.

En primera instancia, el Juzgado Civil y Comercial N°9 había hecho lugar a la demanda y condenado a las dos entidades a pagar la indemnización.

Tanto SECHEEP como la Municipalidad apelaron esa decisión.

La empresa energética sostuvo que el cantero central donde se encontraba el poste correspondía a una obra vial municipal y que el elemento no podía ser considerado responsable del accidente.

El Municipio, por su parte, argumentó que la iluminación y la colocación de luminarias correspondían exclusivamente a SECHEEP.

La Cámara rechazó ambos argumentos.

La Justicia responsabilizó a SECHEEP y al Municipio

Los jueces entendieron que ambas demandadas tenían responsabilidad objetiva por tratarse de una cosa potencialmente riesgosa que se encontraba bajo su cuidado.

En el caso de SECHEEP, la Cámara consideró determinante un acta de cesión incorporada al expediente, mediante la cual la empresa había recibido la obra finalizada para prestar el servicio eléctrico.

Para los jueces, esa circunstancia la convierte en guardiana del poste, aun cuando el accidente no se haya producido directamente por una falla eléctrica.

Respecto de la Municipalidad de Resistencia, el tribunal recordó que la Carta Orgánica le asigna responsabilidades vinculadas con la seguridad vial y el control de las obras públicas dentro del ejido urbano.

La falta de control y de señalización del obstáculo fue considerada una “falta de servicio” que compromete la responsabilidad municipal.

La velocidad y el casco: qué dijo la Cámara

Uno de los puntos discutidos fue la eventual responsabilidad de la propia víctima.

SECHEEP había sostenido que el joven circulaba a una velocidad excesiva, que no llevaba casco y que había perdido el control de la motocicleta.

Sin embargo, el tribunal consideró que esas circunstancias no fueron acreditadas.

El informe de la División Criminalística constató la presencia del casco en el lugar del hecho y describió las condiciones de la zona, destacando la escasa visibilidad y la ausencia de un boulevard, cantero delimitado o señalización que permitiera advertir la presencia del poste.

La Cámara recordó que para atribuirle a la víctima la ruptura total del vínculo causal, su conducta debe constituir la única causa del daño y presentar características de imprevisibilidad e inevitabilidad.

Según los jueces, esas condiciones no se dieron en este caso.

Más de $76 millones de indemnización

La Cámara también confirmó los distintos conceptos indemnizatorios establecidos en primera instancia.

Entre ellos se encuentra la reparación por pérdida de chance o “valor vida” para la pareja de la víctima. Los jueces explicaron que no es necesario demostrar una convivencia estable para reconocer este concepto, ya que se indemniza la pérdida de la ayuda económica futura que la persona fallecida podría haber brindado.

En este caso, la existencia de una hija en común fue considerada un elemento relevante para acreditar esa expectativa de asistencia futura.

También quedó firme la indemnización por daño moral, que había sido establecida en $45 millones.

La Cámara rechazó el planteo de que el monto implicara una decisión por encima de lo solicitado, debido a que la demanda había dejado expresamente sujeto el monto final a lo que surgiera de la prueba producida durante el proceso.

Además, se mantuvieron las indemnizaciones correspondientes a la incapacidad sobreviniente y al tratamiento psicológico para la pareja y la hija de la víctima.

Según el informe pericial, la mujer requería tratamiento psicológico durante dos años, mientras que para la niña se recomendó un período de un año.

Un fallo que vuelve a poner el foco en la seguridad vial

La resolución judicial no solo ratifica una indemnización millonaria para la familia de la víctima. También vuelve a poner el foco sobre la responsabilidad de los organismos públicos y empresas que deben garantizar condiciones mínimas de seguridad en la vía pública.

Para la Cámara, la presencia de un poste en una zona de circulación, sin las condiciones adecuadas de señalización y advertencia, fue un elemento determinante para establecer la responsabilidad de las demandadas.

La sentencia mantiene así la condena contra SECHEEP y la Municipalidad de Resistencia, que deberán afrontar el pago de más de $76 millones, más los intereses correspondientes, conforme a lo establecido judicialmente.

LITIGIO

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