La Justicia laboral le puso un freno a la reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional al suspender la aplicación de 82 artículos de la Ley 27.802, tras un planteo presentado por la Confederación General del Trabajo (CGT). La decisión fue tomada por el juez Raúl Horacio Ojeda, titular del Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, mediante una medida cautelar que tendrá vigencia provisoria hasta que se resuelva el fondo de la causa.

El fallo representa un fuerte revés para la administración de Javier Milei, ya que deja en suspenso una parte sustancial de la denominada “modernización laboral”, aprobada por el Congreso en febrero de este año. La medida judicial alcanza a artículos considerados centrales dentro del nuevo esquema laboral, mientras continúa el debate sobre su constitucionalidad.
Qué resolvió la Justicia
El magistrado hizo lugar al pedido de la CGT y ordenó suspender la aplicación de los artículos cuestionados al considerar que existen indicios de que podrían vulnerar derechos constitucionales, afectar principios laborales básicos y generar daños de difícil reparación.
La resolución tiene carácter colectivo, por lo que alcanza a todos los trabajadores y empleadores del país comprendidos en la legislación laboral vigente. Además, se inscribe dentro de una acción declarativa que busca determinar la invalidez constitucional de diversos puntos de la ley.
Los puntos clave que quedan frenados
Entre los aspectos más relevantes que quedaron en suspenso se encuentran:
- Cambios en el cálculo de las indemnizaciones, incluyendo la exclusión de conceptos como el aguinaldo.
- La creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), que buscaba reemplazar el esquema tradicional de indemnizaciones.
- Limitaciones al derecho a huelga y nuevas regulaciones sobre asambleas sindicales.
- Modificaciones en la negociación colectiva y en la representación sindical.
- La posibilidad de fragmentar vacaciones y aplicar el sistema de “banco de horas”.
- El pago de indemnizaciones en cuotas.
- La derogación de la ley de teletrabajo.
Según la CGT, estos cambios implicaban una “regresión” en materia de derechos laborales y afectaban principios como la protección del trabajador, la libertad sindical y la progresividad de los derechos sociales.
Argumentos del juez
En su resolución, Ojeda sostuvo que existe una “verosimilitud del derecho” en el planteo sindical y advirtió sobre el “peligro en la demora”, al considerar que la aplicación inmediata de la ley podría generar consecuencias irreversibles.
El juez también remarcó el rol del Poder Judicial como garante de la Constitución y señaló que la intervención judicial resulta necesaria cuando existen dudas sobre la validez de una norma aprobada por el Congreso.
Reacción del Gobierno
Tras conocerse el fallo, el Gobierno nacional anunció que apelará la medida. Desde el Ministerio de Capital Humano cuestionaron la decisión judicial y señalaron que responde a “intereses corporativos y sectoriales” que buscan frenar las reformas.
El Ejecutivo sostiene que la reforma laboral apunta a modernizar el sistema, fomentar el empleo formal y reducir la litigiosidad, en un contexto de alta informalidad laboral.
Qué puede pasar ahora
La suspensión es provisoria y se mantendrá vigente hasta que se dicte una sentencia definitiva sobre la constitucionalidad de los artículos cuestionados. Mientras tanto, el Gobierno buscará revertir la medida en instancias superiores.
El caso abre un nuevo capítulo en la disputa política y judicial en torno a la reforma laboral, una de las principales iniciativas del oficialismo, que ya había generado fuerte rechazo sindical y protestas en todo el país.