La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar, por mayoría, a la queja presentada por cinco damnificados y concedió el recurso para revisar su exclusión del expediente. La decisión fue adoptada por Alejandro Slokar y Ángela Ledesma, mientras que Guillermo Yacobucci votó en disidencia.

La Cámara Federal de Casación Penal dio un nuevo paso en la disputa judicial por el caso $LIBRA: hizo lugar a la queja presentada por cinco damnificados y concedió el recurso de casación para que se revise su apartamiento como querellantes en la investigación por la criptomoneda promocionada por el presidente Javier Milei.

La resolución fue adoptada por la Sala II, con los votos de los jueces Alejandro Slokar y Ángela Ledesma. Guillermo Yacobucci se pronunció en disidencia. El fallo no implica todavía la reincorporación de los damnificados al expediente, pero habilita el tratamiento de su planteo ante el máximo tribunal penal.

Los beneficiarios de esta decisión son Juan Patricio Marchetto, Alan Vega, Matías Alejandro Paris, Braian Emanuel Quintero y Martín Romeo, quienes habían sido apartados del rol de querellantes por el juez federal Marcelo Martínez de Giorgi, luego de un planteo de la defensa de Mauricio Novelli.

Qué podrán hacer si vuelven a ser querellantes

La condición de querellante permite a los damnificados intervenir activamente en el proceso: impulsar la acción penal, proponer y aportar pruebas, solicitar medidas de investigación y apelar las decisiones judiciales.

Por eso, su eventual reincorporación podría tener consecuencias sobre el futuro de la causa. Entre otras medidas, buscarían cuestionar los sobreseimientos dictados para Javier Milei y los demás acusados.

La exclusión había sido dispuesta por Martínez de Giorgi, quien consideró que no se encontraba acreditada la existencia de una estafa ni, en consecuencia, la condición de damnificados de los inversores. La decisión fue confirmada posteriormente por la Sala I de la Cámara Federal porteña, integrada en ese caso por los jueces Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi.

Ante la negativa de esa instancia a concederles la revisión, los afectados recurrieron directamente en queja a Casación.

Los argumentos de los jueces

Slokar consideró que los cuestionamientos presentados podían encuadrarse en algunas de las causales previstas por el artículo 456 del Código Procesal Penal de la Nación y, por ese motivo, propuso hacer lugar a la queja.

Ledesma acompañó esa postura al entender que se había planteado una cuestión federal suficiente para habilitar la intervención del tribunal.

Yacobucci, en cambio, votó en disidencia y sostuvo que correspondía declarar inadmisible el recurso, con costas.

De esta manera, la Sala II resolvió hacer lugar a la queja y conceder el recurso de casación contra la decisión de la Sala I que había confirmado el apartamiento de los cinco damnificados.

La expectativa de los abogados

Los representantes legales de los afectados recibieron la resolución con expectativa, aunque señalaron que todavía resta que Casación resuelva el fondo del planteo.

Nicolás Rechanik, abogado de Juan Patricio Marchetto y otros damnificados, consideró que la decisión permite que las víctimas sean escuchadas dentro del proceso. Por su parte, Nicolás Oszust, representante de Martín Romeo, manifestó su satisfacción y sostuvo que esperan una resolución favorable sobre la reincorporación.

Agustín Rombolá, socio de Oszust, también destacó la importancia de que el tribunal haya habilitado la revisión y expresó su expectativa de que los damnificados puedan volver a intervenir en el expediente.

La Procuraduría de Investigaciones Administrativas pidió reabrir la causa

En paralelo, la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA), a cargo del fiscal Sergio Rodríguez, intervino en el caso y solicitó que se deje sin efecto la resolución que dispuso los sobreseimientos de los acusados.

El organismo, que interviene en investigaciones vinculadas con hechos de corrupción administrativa, tomó en cuenta planteos realizados por las organizaciones CIPCE e INECIP. El 29 de octubre pidió que se revoque la decisión judicial por considerar que resultaba prematura y que todavía restaban medidas de prueba por realizar.

En su presentación, la PIA sostuvo que la investigación no estaba agotada y cuestionó las conclusiones que llevaron al sobreseimiento. También formuló una apelación en subsidio para el caso de que el pedido de reapertura no fuera aceptado.

Qué puede pasar ahora

El próximo paso será que Casación escuche a las partes y analice si corresponde revocar la decisión que apartó a los damnificados. Recién entonces podrá resolverse si recuperan su condición de querellantes.

La habilitación del recurso no modifica por sí misma los sobreseimientos ni reactiva automáticamente la investigación. Sin embargo, abre una instancia de revisión que podría permitirles volver a intervenir y cuestionar las decisiones que llevaron al cierre de la causa.