13 de septiembre de 2026

Sabadini rechazó el fideicomiso para reactivar las sedes de Exen Gym en Chaco

El fiscal federal Patricio Sabadini dictaminó en contra del pedido de los empleados de Exen Gym para constituir un fideicomiso de administración y explotación transitoria de tres sedes. Consideró que la propuesta es jurídicamente inviable y que podría afectar las medidas cautelares dictadas en una causa donde se investigan presuntas maniobras de lavado de activos.

El planteo fue presentado por el abogado de los trabajadores, Mladen Ignacio Sincovich, en el marco de un incidente de medida cautelar. La propuesta contemplaba mantener en funcionamiento las sedes Exen Illia, Exen Santiago del Estero y Exen Las Heras mediante una administración transitoria.

El planteo de los empleados

Según surge del dictamen, los trabajadores buscaban conservar las unidades económicas, preservar las fuentes laborales, evitar el deterioro de los bienes y generar recursos durante el desarrollo de la causa.

Para ello propusieron la creación de un Fideicomiso de Administración y Explotación Transitoria. Sin embargo, Sabadini sostuvo que la figura jurídica elegida implica la transmisión de la propiedad de los bienes al fiduciario, lo que entraría en contradicción con las medidas cautelares vigentes.

El fiscal citó además el artículo 1666 del Código Civil y Comercial, que establece que en un fideicomiso el fiduciante transmite o se compromete a transmitir la propiedad de determinados bienes al fiduciario para que los administre conforme al contrato.

La investigación por lavado de activos

Sabadini fundamentó su rechazo en el estado de la investigación. Según el dictamen, la Fiscalía extendió la acción penal contra Exen Gym S.R.L., Ingrana S.R.L., Exen Academy S.A.S. y Pampa Fitness S.A.S., sociedades que, de acuerdo con la acusación fiscal, integrarían un entramado utilizado para maniobras de lavado de activos.

El Ministerio Público sostiene que esas estructuras comerciales habrían sido utilizadas para insertar y disimular en el mercado formal fondos de origen ilícito provenientes del narcotráfico y otros delitos de acción pública. También recordó que había solicitado la suspensión temporal de las actividades comerciales y de la personería jurídica de las sociedades involucradas.
En ese contexto, el fiscal consideró que permitir la administración y explotación de los bienes alcanzados por las medidas cautelares podría implicar la continuidad de las maniobras que son objeto de investigación.

Cuestionamientos al fiduciario propuesto

Otro de los puntos observados por Sabadini fue la conformación del fideicomiso. La propuesta contemplaba que las propias personas jurídicas investigadas asumieran el carácter de fiduciantes, es decir, como titulares de los bienes que serían incorporados a la estructura.

El fiscal señaló que esas sociedades se encuentran alcanzadas por la acción penal y que la Fiscalía solicitó, además, la suspensión de sus actividades y de su personería jurídica.

También cuestionó la designación de Juan Martín Castillo Cassiet como fiduciario. Según la presentación de los trabajadores, su elección se justificaba en el conocimiento que tenía de los circuitos administrativos, financieros, proveedores y de las operaciones de las firmas.

Para Sabadini, esa circunstancia constituye precisamente un inconveniente dentro de una investigación que analiza el funcionamiento de esas estructuras comerciales, ya que consideró inadecuado confiar la gestión de los activos cautelados a una persona que tenía facultades operativas dentro del circuito investigado.

El pedido de Sabadini

Con estos argumentos, el fiscal federal concluyó que la jueza interviniente no debe hacer lugar a la medida cautelar solicitada por los trabajadores.

El dictamen fue presentado el 9 de septiembre de 2026 y lleva la firma de Patricio Nicolás Sabadini, fiscal federal de la Unidad Fiscal Resistencia.

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